el Gobierno lanza un plan para pagar impuestos atrasados en 18 cuotas

En un contexto de caída de la recaudación tributaria en los últimos meses, el Gobierno lanzó un plan para que personas y pymes salden deudas pendientes ante el fisco. Es una ventana que estará abierta hasta el 30 de octubre y habilitará 18 cuotas, pero tendrá un costo financiero por encima de la inflación.

¿Quiénes pueden acceder a los nuevos planes de pago de ARCA? El nuevo régimen especial de facilidades de pago está destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, precisó el ente recaudador en una resolución publicada en el Boletín Oficial. La medida busca facilitar la regularización de deudas fiscales acumuladas y ampliar las posibilidades de cobro para el fisco, sin contemplar una reducción de intereses ni de multas.

El nuevo esquema permitirá incluir obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio, además de sus intereses y sanciones.

La decisión se conoce en el marco de ingresos tributarios en retroceso, lo que implica un deterioro en el frente fiscal. Con menor recaudación, el Poder Ejecutivo se ve forzado a aplicar un ajuste mayor en el gasto para no comprometer el equilibrio de las cuentas públicas. En los últimos once meses, solo en mayo hubo un crecimiento en términos reales de los ingresos tributarios.

Las condiciones para adherir cambian según el tipo de contribuyente y la deuda. Para las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, las micro y pequeñas empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro podrán acceder a planes de hasta 18 cuotas, con un anticipo del 5% y una tasa de financiación mensual del 2,75%.

En el caso de las medianas empresas, tramo 1 y 2, el plazo máximo será de 15 cuotas y el pago a cuenta ascenderá al 10%.

Entre los pequeños contribuyentes, según la clasificación que hace el fisco, pueden estar incluidos desde monotributistas hasta inscriptos en Ganancias o Bienes Personales, mientras no superen los ingresos de la categoría K, la más alta del monotributo, a diciembre del año anterior. En el último mes de 2025, ese tope de facturación era de $ 94.805.682 anual.

Las retenciones y percepciones impositivas también podrán regularizarse, aunque en ese caso el máximo será de nueve cuotas para los contribuyentes de menor tamaño y de siete para las medianas empresas. «La regularización de dichas obligaciones no implica la reducción de intereses ni la liberación de las correspondientes sanciones», aclaró ARCA en la resolución.

Para Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, la implementación del régimen responde a una necesidad que se había generado por la situación financiera de muchas empresas. «En un contexto en que muchas MiPyMEs acumulan deudas fiscales como consecuencia de las dificultades económicas de los últimos años, era necesario contar con un plan de pagos accesible para ordenar la situación tributaria y evitar juicios de ejecución fiscal y embargos», señaló.

Sin embargo, el especialista consideró que algunas condiciones podrían limitar el alcance de la medida. Según explicó, «el pago a cuenta, la escasa cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiación igual a la tasa de intereses resarcitorios pueden generar que determinados contribuyentes no puedan adherirse».

Domínguez sostuvo además que, si bien la posibilidad de distribuir la deuda en hasta 18 cuotas «representa un alivio financiero» para muchas empresas, «sería necesaria una mayor cantidad de cuotas para que el esquema resulte sostenible para un universo más amplio de contribuyentes».

También advirtió sobre dos aspectos puntuales del régimen. Por un lado, afirmó que el anticipo exigido —del 5% para micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, y del 10% para las medianas empresas— reduce el capital de trabajo disponible «en el mismo momento en que el contribuyente busca aliviar su situación financiera».

Por otro, señaló que la tasa de financiación del 2,75% mensual «resulta elevada frente al escenario de desaceleración de precios», ya que las estimaciones privadas de inflación para junio se ubicaban por debajo del 2% mensual, lo que implica un costo financiero real creciente si la inflación continúa descendiendo.

Entre las obligaciones que podrán incorporarse al plan figuran impuestos nacionales, recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y deudas aduaneras. Quedaron excluidos, entre otros conceptos, los anticipos y pagos a cuenta, los aportes a obras sociales, las cuotas de ART, los aportes al régimen de casas particulares y las cuotas de otros planes de facilidades de pago vigentes.

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