cuáles son y por qué las retiró del mercado

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió dos marcas de productos de limpieza, además de productos estéticos inyectables, una partida presuntamente falsificada de un relleno facial, equipos para tratamientos estéticos y un medicamento, por distintas irregularidades.

Las medidas sobre productos de limpieza quedaron plasmadas en las Disposiciones 5505/2026 y 5506/2026, publicadas en el Boletín Oficial de este jueves. En el primer caso, ANMAT prohibió la «elaboración, uso, comercialización, publicidad y distribución de todos los productos domisanitarios de la marca Desolimp«.

La investigación comenzó a partir de una denuncia de un usuario que expresó dudas sobre la legitimidad de esos productos. La ANMAT detectó la promoción de desinfectantes, limpiadores, aguas lavandinas, desengrasantes, insecticidas y productos para piscinas y verificó que los artículos «no se encuentran inscriptos» ante ese organismo.

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La autoridad sanitaria de Santa Fe informó además que tampoco existían registros en esa jurisdicción y que el domicilio declarado por la firma en esa provincia resultaba inexistente. Ante ese escenario, el organismo prohibió todos los lotes y presentaciones de la marca hasta tanto regularice su situación.

Por su parte, mediante la Disposición 5506/2026, la ANMAT prohibió todos los productos domisanitarios de la marca Lenis hasta que sean debidamente regularizados. La medida alcanzó a limpiadores, desengrasantes, repelentes ambientales, productos para acabado de superficies, desinfectantes, aguas lavandinas y artículos destinados al tratamiento de agua de piscinas.

Según la disposición, el organismo verificó que los productos «no se encontraban inscriptos ante esta ANMAT» y que tampoco pudo identificar «un establecimiento responsable habilitado».

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Además, la consulta realizada a la autoridad sanitaria bonaerense arrojó resultados negativos respecto de registros provinciales vigentes.

Productos estéticos, equipos médicos y medicamentos, también en la mira

La Disposición 5486/2026 prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todas las presentaciones y lotes de los productos identificados como «BIO BELLE. LAB. NOUVELLEVIE» y «BELLE FORME. NEWLIFE LAB».

La investigación comenzó después de que una paciente denunciara la presunta comercialización de productos médicos inyectables a través de Marketplace y WhatsApp y reportara daños tras su aplicación.

Según la normativa, la denunciante aportó capturas de pantalla de conversaciones mantenidas con el vendedor, fotografías de los presuntos daños generados en su rostro y datos de una denuncia presentada ante la Unidad Funcional de Instrucción N° 7 de Avellaneda-Lanús.

Durante las actuaciones, la ANMAT verificó la oferta de distintos productos rotulados exclusivamente en idioma inglés y constató que los sistemas oficiales arrojaron «resultados negativos respecto del registro de productos bajo la denominación BIO BELLE» y también respecto de empresas habilitadas denominadas «NEWLIFE LAB» o «LAB. NOUVELLEVIE».

Además, la Dirección de Gestión de Información Técnica informó que «no consta habilitación» de las firmas vinculadas a esos productos ni registros de inscripción de artículos bajo las marcas «BIO BELLE» o «BELLE FORME» en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica.

Por ese motivo, el organismo resolvió prohibir todas sus presentaciones y lotes, y dar intervención a las áreas judiciales para evaluar una ampliación de la denuncia.

Por su parte, la Disposición 5487/2026 prohibió el uso, comercialización y distribución del producto rotulado como «SCULPTRA®, Poly-L-lactic acid, 2 viales, GALDERMA, lote: 4J1243, Cad./Vto: 11/2028».

La medida surgió luego de que Galderma Argentina informara la detección en el mercado de «unidades presuntamente falsificadas» del producto. Según la firma titular del registro, el lote 4J1243 fue efectivamente elaborado por el fabricante, pero estaba asociado a otro vencimiento y además «no ha sido importado por GALDERMA ARGENTINA S.A. para su comercialización en este país».

La empresa también informó que el producto sospechado posee «un holograma con la letra ‘G’ en el estuche secundario que no existe en las unidades originales».

En esa dirección, ANMAT recordó que Sculptra se encuentra clasificado como producto médico de riesgo clase IV, la categoría de mayor riesgo sanitario.

Por otro lado, a través de la Disposición 5502/2026, el organismo prohibió «el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos médicos identificados con la marca Medical Advance».

La investigación comenzó tras detectarse la presunta comercialización de un equipo denominado «Radiofrecuencia Multy-2023 – Medical Advance», promocionado para «uso estético humano» y ofrecido en internet. Durante las inspecciones realizadas por ANMAT no se logró identificar un establecimiento habilitado vinculado a esos productos.

Además, la Dirección de Gestión de Información Técnica informó que «no consta habilitación de la firma ‘MEDICAL ADVANCE Carlos Alberto Amat’ ante esta Administración Nacional».

Por ese motivo, la autoridad sanitaria sostuvo que se trata de equipos respecto de los cuales «no es posible acreditar su seguridad» y resolvió prohibir todos los productos médicos comercializados bajo esa marca.

En tanto, la Disposición 5503/2026 prohibió «el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto ‘QUESTRAN – POLVO PARA SUSPENSIÓN ORAL por 2 sobres, lote 0053′».

La decisión se originó luego de que la firma Química Ariston denunciara el robo de unidades durante tareas de acondicionamiento realizadas en la planta industrial de Dalban Pharma.

Según el documento oficial, se trata de «unidades individualizadas de un producto registrado respecto de las cuales se desconoce su condición y estado de conservación».

La ANMAT sostuvo, en ese marco, que corresponde retirar del mercado esas unidades al no «ser posible asegurar su calidad, seguridad y eficacia». La empresa informó que el remanente será reacondicionado bajo la identificación «0053R» para preservar la trazabilidad del producto legítimo.

Fuente

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Vinería La Carreta
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Sunchales dialogo
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